Distanciamiento social y uso obligatorio de tapaboca

(10-06-2020) Así lo establece el Decreto de Necesidad de Urgencia 520/2020 de la Nación, al que adhirió la provincia de San Luis. Además del uso obligatorio de tapaboca, se debe mantener la distancia de dos metros entre personas y acatar otros protocolos sanitarios de higiene.

La presidente del Comité de Crisis, María José Zanglá, recordó este lunes en el parte habitual, que el artículo N° 5 del DNU 520/2020 establece: los dos metros de distancia entre personas en espacios compartidos, uso obligatorio del tapaboca, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacionales.
Y también mencionó que el artículo 9 que marca las actividades prohibidas como la realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a diez personas, entre otras.
El decreto ordena que “todas las actividades que se puedan realizar, si o si, tienen que tener un protocolo de las autoridades sanitarias provinciales”, manifestó Zanglá.
A su vez, la presidenta del Comité de Crisis informó que durante el fin de semana “se vio mucha gente sin tapaboca y sin respetar el distanciamiento”.
Al respecto, el gobernador manifestó: “Hemos hecho bien esta flexibilización, que nos ha permitido llegar a este estatus sanitario. Nos estamos relajando y eso no es bueno”.